domingo, octubre 24, 2004

Nueva denuncia contra SEC, ahora en la PGR


La Procuraduría General de la República, delegación Morelos, inició ayer la averiguación previa PGR/MOR/CV/1008/I/2004 en contra del gobernador Sergio Estrada Cajigal Ramírez por el delito de falsedad en declaraciones ante una autoridad, a petición del foro morelense de abogados, quienes indicaron que, de acreditarse dicho delito, el Ministerio Público Federal deberá solicitar el desafuero del mandatario para someterlo al proceso penal correspondiente.
La acusación se deriva de la manifestación que hizo el gobernador a la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el sentido de que la Cuadragésima Novena Legislatura lo había destituído en sesión secreta y había mandado el dictamen al Tribunal Superior de Justicia, lo que le valió que el máximo Tribunal le concediera una suspensión provisional del acto reclamado.
“De hecho, la SCJN debe dar vista al Ministerio Público al percatarse, con los informes que enviará el Congreso y el Tribunal Superior de Justicia, de que Sergio Estrada argumentó hechos falsos, pero si no lo hace así, los abogados del foro morelense ya estamos denunciando estos hechos ante la autoridad correspondiente”, comentó Carlos de la Rosa Segura, principal impulsor de la denuncia.
Señaló que de nada servirá que se diga que quien redactó el documento fue el consejero jurídico Luis Edgardo Gómez Pineda, pues finalmente la responsabilidad es de quien lo firma, en este caso del gobernador Sergio Estrada Cajigal, quien deberá responder como persona por sus actos.
Indicaron que la Ley de Amparo en su artículo 11 es clara al señalar que “se impondrá sanción de seis meses a tres años de prisión y multa de diez a noventa días de salario, al quejoso en un juicio de amparo que al formular su demanda afirme hechos falsos u omita los que le consten en relación con el amparo.
Y por si esto fuera poco, también el Código Penal Federal, en su artículo 247 fracción IV, indica que se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de cien a trescientos días multa, al que, con arreglo a derecho, con cualquier carácter excepto el de testigo, sea examinado y faltare a la verdad en perjuicio de otro, negando ser suya la firma con que hubiere suscrito el documento o afirmando un hecho falso o alternando o negando uno verdadero, o sus circunstancias sustanciales.
Corresponde al Ministerio Público Federal determinar en cual hipótesis encuadra la conducta observada por el gobernante, y después de acreditar debidamente el hecho con los testimonios y pruebas documentales, remitir el expediente al Congreso Local para el desafuero correspondiente. Cabe mencionar que en caso de que Sergio Estrada fuera separado del cargo antes de que la PGR resuelva este asunto, de todos modos tendría que responder por este delito ya sin fuero.

No hay comentarios.: