martes, diciembre 14, 2004

Prófugos, los responsables del metanolazo
Segunda y última parte

Guillermo Díaz Rubio, propietario de la destiladora donde se elaboraron las bebidas adulteradas con metanol, fue sentenciado a ocho años de prisión por los delitos de homicidio culposo y adulteración de bebidas alcohólicas, mientras que su hijo Sergio Díaz Gamboa, fue condenado a cinco años de cárcel. Sin embargo, ambos están libres porque después de obtener su libertad bajo caución en julio de 1995, desaparecieron del estado por lo que están en calidad de prófugos de la justicia. Luis Federico Díaz Rubio, el otro propietario de la destiladora, fue absuelto, en tanto que su hijo Alejandro Díaz Ocampo nunca fue detenido.
De esta forma, el “metanolazo” de 1994 sigue impune en lo que se refiere a la cuestión penal.
En el aspecto político, el Congreso del estado determinó que el responsable de las muertes por metanol fue el alcalde César Cruz Ortíz, quien fue destituído del cargo y sentenciado a ocho años de inhabilitación para ocupar cargos públicos, sanción que se redujo a seis años mediante un amparo. Actualmente labora en Caminos y Puentes Federales (Capufe).
En el decreto número 217 de fecha 11 de abril de 1995 publicado en el Periódico Oficial se indica que César Aquiles Cruz Ortiz fue inhabilitado del cargo de Presidente Municipal por violación a varios cargos tal y como lo prevee la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Morelos.
Precisa que una vez que el Congreso local lo encontró culpable de los cargos mencionados, el caso fue turnado al Tribunal Superior de Justicia de la entidad, en donde los magistrados decidieron inhabilitar al ex alcalde por ocho años, sin embargo, posteriormente mediante un amparo logró reducir la sentencia a seis años.
Sin embargo, en la destitución e inhabilitación del alcalde de Temixco mucho tuvo que ver el gobernador en turno, Jorge Carrillo Olea, quien dio línea a los diputados del Congreso local para que le incoaran un juicio político sin saber que él seguiría la misma suerte tres años más tarde.



Sólo ocho víctimas



Como se recordará, las investigaciones por el asunto del metanol las inició la Procuraduría de Justicia del estado, a la que correspondió realizar los levantamientos de cadáver de las víctimas. Posteriormente se declaró incompetente y declinó a favor de la Procuraduría General de la República, delegación Morelos, misma que consignó el expediente al Juzgado Cuarto de Distrito con sede en Cuernavaca bajo la causa penal 162/94.
Fueron detenidos Guillermo y Luis Federico, ambos de apellidos Díaz Rubio, por ser los propietarios de la destilería ubicada en la calle Virginia Fábregas de la colonia Presidentes del municipio de Temixco. Guillermo obtuvo su libertad bajo fianza el 13 de julio de 1995, pero ya no regresó a firmar como estaba obligado, y el 17 de mayo de 1999 el Juez lo sentenció a ocho años de prisión por los delitos de homicidio y lesiones culposas, así como adulteración de bebidas alcohólicas.
A la fecha, sigue vigente su orden de reaprehensión pero no ha sido cumplimentada por la Agencia Federal de Investigaciones (AFI).
Como ya se mencionó, su hermano Luis Federico también fue detenido, salió libre bajo fianza pero él fue absuelto de todos los cargos.
Sergio Díaz Gamboa y Alejandro Díaz Ocampo, hijos de Guillermo y Luis Federico, respectivamente, eran quienes estaban directamente encargados de la destiladora. Ellos le compraron los dos tambos de metanol a una persona de Lomas del Carril a la que sólo conocían como “Don Chano”, quien a su vez la consiguió de una petroquímica del estado de México donde sus dos hijos, ambos militares, estaban encargados de la vigilancia.
Alejandro Díaz Ocampo huyó desde el primer momento y jamás fue localizado, por lo que sigue en calidad de prófugo de la justicia.
Sergio Díaz Gamboa se entregó a los pocos días de los homicidios. Salió libre bajo fianza un año más tarde, pero no cumplió con sus deberes procesales, sino que emprendió la huída. En su ausencia, el Juez Cuarto de Distrito lo sentenció a cinco años de prisión, mismos que deberá cumplir en cuanto la Policía Federal lo ponga a disposición de la autoridad jurisdiccional.
Un dato curioso es que, después de que en los medios de comunicación se manejó la versión de que las víctimas del “metanolazo” superaban el centenar, de acuerdo al expediente mencionado sólo se reconoce como ofendidos a las siguientes personas:
Antonio Trujeque Ballesteros, Luis Manuel Bahena Catalán, Delfino Torres Armas, Prudencio Torres Galper, Abelardo Miranda Cuevas, Bernardo Bernal, Esteban Juan y Antonio Martínez Ramírez.
Jurídicamente sus familiares están facultados para exigir una indemnización, pero nadie lo ha hecho porque se trata de familias de escasos recursos que carecen de asesoría jurídica, y por principio de cuentas tendrían que ser recapturados los responsables.

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