miércoles, julio 28, 2004

Revelan desvío de recursos en SAP de Jojutla:

HUGO BARBERI RICO

JOJUTLA, MOR. Un desvío de recursos federales y municipales por un millón 400 mil pesos, fue descubierto en los archivos del Sistema de Agua Potable (SAP) del municipio, efectuado durante la labor de Arnoldo Heredia Romero, en el trienio de Atanasio Pérez Villalobos, informó Raúl Rangel Rodríguez, titular del órgano.
Tras declarar que el asunto ya fue planteado con una denuncia en la Contraloría estatal y municipal, Rangel Rodríguez dijo que están involucrados empleados de la Comisión Nacional del Agua (CNA).
Explicó que el desvío se generó debido a que los directivos pasados no ejercieron los recursos económicos del llamado Programa de Devolución de Derechos de Agua (Proder), mismo que funciona con el cobro que hace la CNA a los municipios y posteriormente se les regresa en obras.
Precisó que al inspeccionar minuciosamente los archivos, se dieron cuenta que al tener acceso a un programa “de acciones” que utilizó la administración pasada para ser adherido al Proder 2002-2003 y recibir el beneficio de la devolución en obras, los directivos recibieron el dinero, pero no lo emplearon en el citado “programa de acciones”.
Para la adquisición de los recursos de apoyo de Proder, la administración de Heredia Romero en el SAP, envió a la CNA como “programa de acciones”, la adquisición de macro medidores para pozos del sistema, la compra de un transformador, compra de herramientas y equipo necesario para el sistema de bombeo, para la ampliación de líneas de conducción para la población de Pedro Amaro, Altavista e Independencia. En dichas acciones invirtieron 700 mil pesos del programa, más otros recursos del municipio, que daría un total de un millón 400 mil pesos, pero su empleo no está justificado.
El sustento previo del desvío, lo confirma un documento de la propia CNA, en el que se aclara que “el no aplicar los recursos federales devueltos conforme al Programa de Acciones pactado, representa una desviación de recursos con las responsabilidades fiscales inherentes”.

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