martes, abril 05, 2005

Municipios carecen de reglamentos internos de seguridad

Por: Evaristo Torres Ocampo
Zacatepec.- "Tenemos ayuntamientos que no han dado cabal cumplimiento, no sólo a la creación de los consejos de honor y justicia, sino en la obligación que tienen de crear la reglamentación que les marca la ley estatal de seguridad pública", afirmó ayer María del Carmen Quijano Delgado, titular de la primera sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. En la exposición del taller regional de seguridad pública, patrocinado por el Instituto de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal del estado de Morelos (Idefom), realizado ayer en las instalaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social, la abogada aclaró que la relación entre los cuerpos policiacos y las autoridades (municipales o estatales) es de naturaleza administrativa, y se rigen por la ley de seguridad pública estatal. "Los cuerpos policiacos deben cumplir con los principios que marca el derecho administrativo, que son la legalidad y la juridicidad. Si por alguna circunstancia algún elemento policiaco debe ser sancionado, tiene que aplicársele un procedimiento administrativo, aplicado por el consejo de honor y justicia, en base a la Ley Integral de Seguridad Pública del Estado... no podemos pasar por alto que las autoridades, sobre todo las municipales, siguiendo la costumbre que imperaba en el pasado, eran muy dadas a suspender, destituir o separar del cargo a los policías, para ello bastaba que asumieran el cargo, para que de manera automática solicitaran la separación de los miembros de los cuerpos policiacos, que en la actualidad no puede darse, porque para hacerlo, se debe de aplicar previamente un procedimiento que demuestre que hay una causal justificada o que exista un acuerdo voluntario de dejar el cargo", expuso. Dijo que la mayoría de los ayuntamientos no sólo no han dado cabal cumplimiento en la creación de los consejos de honor y justicia, en materia de seguridad pública, sino que ni siquiera han cumplido con la obligación que les impone la ley estatal de seguridad pública, de crear el reglamento interno de cada uno de los municipios. Detalló que los únicos ayuntamientos que han cumplido con este reglamento interno de seguridad son: Temixco, Jonacatepec, Cuernavaca, Mazatepec, Tlaltizapán, Jiutepec, Totolapan, Huitzilac, Jantetelco, Coatlán del Río, Cuautla, Ayala, Yecapixtla y Xochitepec."Lo que esto provoca es que, en caso de que exista consejo de honor y justicia, los limita en su actuar, aunque también es cierto que mientras no se cree el reglamento, se aplica supletoriamente la ley de procedimientos administrativos, vigente en todo el estado", manifestó. Finalmente, la especialista reiteró que la relación laboral entre los policías estatales y municipales, con las entidades para las que trabajan, se ventila en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, mientras que a los empleados de confianza o sindicalizados, se les aplica la ley del servicio civil, y los conflictos laborales se tratan en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.

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